IRPF

Modelo 115: alquiler de inmuebles urbanos

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La fiscalidad en España está sujeta a diversas obligaciones tributarias que deben ser cumplidas por empresas, profesionales y autónomos. Uno de los modelos más comunes dentro de estas obligaciones es el Modelo 115, un documento imprescindible para aquellos que realizan pagos por arrendamientos de inmuebles urbanos.

¿Qué es el Modelo 115?

El Modelo 115 es un modelo de declaración tributaria trimestral mediante la cual se realiza la retención e ingreso a cuenta del IRPF sobre los alquileres urbanos. Es decir, cuando una empresa, autónomo o entidad realiza el pago del alquiler de un inmueble urbano destinado a desarrollar su actividad, debe practicar una retención sobre ese importe y posteriormente ingresarla a Hacienda a través del Modelo 115.

Este modelo afecta exclusivamente a los alquileres de locales u oficinas en suelo urbano, utilizados en el desarrollo de actividades económicas o empresariales, y no a los alquileres de viviendas particulares.

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 115?

Están obligados a presentar el Modelo 115 todas aquellas empresas, profesionales, autónomos que como parte de su actividad alquilan un local, oficina o nave industrial en suelo urbano y dichos pagos estén sujetos a retención.

Sin embargo, existen algunas excepciones a esta obligación:

  • Cuando el arrendador es una administración pública.
  • Si el arrendador ha emitido una certificación acreditando que los rendimientos del alquiler no están sujetos a retención (por ejemplo, por ser entidades acogidas a determinados regímenes).
  • Si el pagador ha satisfecho alquileres cuya cuantía no supera los 900 euros anuales a un mismo arrendador.

¿Para qué sirve el Modelo 115?

El Modelo 115 tiene como finalidad que el Estado reciba una parte del IRPF del arrendador de forma anticipada, ya que el pagador del alquiler retiene ese importe y lo ingresa directamente en Hacienda. De esta manera, se asegura que el arrendador tribute por los ingresos percibidos por el alquiler.

Este modelo no es una liquidación del IVA, ni se refiere al pago del alquiler en sí mismo, sino únicamente a la retención fiscal correspondiente al arrendador.

¿Qué información se incluye en el Modelo 115?

Al cumplimentar el Modelo 115 debe contener los siguientes datos:

  • Identificación del pagador del alquiler: nombre, NIF y razón social.
  • Número de arrendadores a los que se ha practicado retención en el trimestre correspondiente.
  • Importe total de las rentas satisfechas, sin incluir el IVA.
  • Base de retención, que suele coincidir con el importe de la renta sin impuestos.
  • Importe retenido e ingresado a cuenta del IRPF del arrendador.
  • En algunos casos, también se especifican los datos catastrales del inmueble alquilado.

Importante que todos los datos sean correctos, ya que errores en esta declaración pueden dar lugar a sanciones o requerimientos por parte de la Agencia Tributaria.

¿Debe presentarse el Modelo 115 con cuota cero?

Incluso aunque no se haya practicado retención alguna durante el trimestre (por ejemplo, porque no se haya pagado ningún alquiler o porque se hayan producido causas de exención), si el contribuyente está dado de alta en la obligación de presentar el Modelo 115, igualmente debe presentar el modelo con cuota cero.

Este trámite se denomina “presentación negativa”, y es importante realizarlo para evitar posibles sanciones por incumplimiento formal. En todo caso, si no existe la obligación de practicar retención durante varios trimestres, lo recomendable es consultar con una gestoría para valorar si conviene dar de baja esta obligación censal mediante la presentación del Modelo 036 o 037.

¿Cómo se presenta el Modelo 115?

Actualmente, el Modelo 115 debe presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello es preciso identificarse mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Los pasos para su presentación son:

  • Acceder a la Web de la AEAT.
  • Ir al apartado “Modelos y formularios” y seleccionar el Modelo 115.
  • Cumplimentar los datos requeridos.
  • Firmar y enviar el modelo.
  • Descargar un justificante de presentación al finalizar.

La presentación debe hacerse tanto si hay retenciones como si es una declaración negativa, siempre que exista la obligación censal activa.

Para evitar errores, muchas empresas y autónomos optan por delegar esta gestión en una gestoría especializada, que se encargue de todos los aspectos fiscales con total garantía.

¿Cuál es la fecha de presentación del Modelo 115?

El Modelo 115 se presenta con periodicidad trimestral, y las fechas de presentación son:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero del año siguiente.

Cuando el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil. Si se desea domiciliar el pago, debe realizarse antes del día 15 del mes de vencimiento.

¿Qué consecuencias tiene presentar el Modelo 115 fuera de plazo?

La presentación fuera de plazo del Modelo 115 puede acarrear diferentes sanciones, recargos e intereses de demora, dependiendo de si ha habido requerimiento previo por parte de la Administración o no.

  • Si el contribuyente presenta voluntariamente el modelo fuera de plazo pero sin requerimiento, se aplicará un recargo por declaración extemporánea del 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso.
  • Si ya se ha recibido un requerimiento, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones económicas que pueden oscilar entre los 150 y 600 euros, o incluso más si se considera una infracción grave.
  • Si no se ha ingresado el importe retenido al arrendador, además del recargo y la sanción, se exigirá el pago del importe correspondiente con intereses de demora.

Estas sanciones pueden evitarse si se lleva una gestión fiscal ordenada y puntual, motivo por el cual muchas empresas y autónomos recurren a una gestoría profesional.

La importancia de una correcta gestión del Modelo 115

La gestión del Modelo 115 puede parecer sencilla, pero en la práctica suele dar lugar a errores como la omisión de presentaciones, datos incorrectos del arrendador, retenciones mal calculadas o presentaciones fuera de plazo. Estos errores pueden suponer importantes quebraderos de cabeza y sanciones económicas.

Contar con una gestoría especializada en obligaciones fiscales puede marcar la diferencia entre cumplir puntualmente con Hacienda o incurrir en errores costosos.